Elementos de protección personal y normas de seguridad

Elementos de Protección Personal

En su uso:

               


      

Normas de Seguridad para la Relación de Actividades 

En la realización de los trabajos pueden concurrir una gran variedad de posibles situaciones y circunstancias que las reglamentaciones oficiales no pueden abarcar . Lo que hace que la normativa legal, en muchos casos, es regular de manera general, ya que no puede descender a las condiciones de trabajo concretas que se dan en cada industria, o en cada puesto de trabajo en particular.
En la misma ordenanza general de seguridad e higiene en el trabajo, aparecen referencias a la existencia de normas de seguridad e higiene interiores de la empresa y a su obligado cumplimiento. Así, el articulo 10º “Obligaciones y derechos del personal directivo, técnico y de mandos intermedios” dice en su punto 1:
“Cumplir personalmente y hacer cumplir al personal a su órdenes, lo dispuesto en esta ordenanza y en anexo o anexos de pertinente aplicación, así como las normas, instrucciones y cuanto específicamente estuviere establecido en la empresa sobre seguridad e higiene del trabajo”.
El articulo 11º “Obligaciones y derechos de los trabajadores” establece que:
“ ....deberán cumplir fielmente los preceptos de esta ordenanza y sus disposiciones complementarias, así como las ordenes e instrucciones que a tales efectos les sean dadas por sus superiores”.
Muchas veces, al analizar las causas de un accidente se aprecia la existencia de acciones peligrosas que hacen que se desencadenen el mismo, al tiempo que se echa en falta la existencia de unas directrices, instrucciones, o procedimientos de trabajo para evitar los riesgos que pueden presentarse en el desarrollo de una actividad.
El conceptos de normas de seguridad: 
Para la realización de cualquier trabajo que puede entrañar riesgo existen recomendaciones preventivas. Cuando estas son recogidas formalmente en un documento interno que indica una manera obligada de actuar, tenemos las normas de seguridad.
Las normas de seguridad van dirigidas a prevenir directamente los riesgos que puedan provocar accidentes de trabajo, interpretando y adaptando a cada necesidad las disposiciones y medidas que contienen la reglamentación oficial. Son directrices, ordenes, instrucciones y consignas, que instruyen al personal que trabajan en una empresa sobre los riesgos que pueden presentarse en el desarrollo de una actividad y la forma de prevenirlos mediante actuaciones seguras.
Se puede definir también la NORMA DE SEGURIDAD como la regla que resulta necesario promulgar y difundir con la anticipación adecuada y que debe seguirse para evitar los daños que puedan derivarse como consecuencia de la ejecución de un trabajo.
Las normas no deben sustituir a otras medidas preventivas prioritarias para eliminar riesgos en las instalaciones, debiendo tener en tal sentido un carácter complementario.
Además de proteger la trabajador, las normas sirven para: enseñar, disciplinar actuando mejor, complementar la actuación profesional.
Pero no se debe caer en el abuso, ya que un exceso de normas llevaría a la confusión, llegando a producir un efecto negativo y perjudicial. Un exceso de normas contribuye a que no se cumpla ninguna. De ello se desprende la primera condición para que una sea eficaz: Debe ser NECESARIA.
Naturalmente, la norma deberá poder llevarse a la práctica con los medios de que se dispone: Debe ser POSIBLE.
Su contenido será fácilmente comprensible: Debe ser CLARA. Referida a un solo tema: Debe ser CONCRETA. Su lectura deberá ser fácil y no engorrosa: Debe ser BREVE.
Para que una norma sea realmente eficaz debe ser ACEPTADA por quien deba cumplirla y en su caso EXIGIBLE con delimitación precisa de las responsabilidades.
Por último, las técnicas evolucionan, los procesos cambios, una norma que en su momento era perfectamente válida, puede dejar de serlo, quedando anticuada e inservible. Por ello toda norma debe ser renovada y puesta al día: Debe ser ACTUAL.

Fases de implantación de una normas:

Desde que quienes en la empresa conciben la necesidad de que exista una norma de seguridad hasta que se materializa su implantación debe pasar por las siguientes fases:
Creación:
En la elaboración de una norma preventiva deben intervenir todas las partes interesadas ya que de esta manera se consigue el necesario contraste de pareceres y el consenso en su aplicación. Una vez redactada pasará a la dirección de la empresa para su aprobación- la cual indicará si proceden, las correcciones oportunas- y también a los representantes de los trabajadores a través del Comité o Delegado de Seguridad y Salud laboral para ser revisada.
Difusión o Divulgación:
El objeto final de una norma es su aplicación, debiendo por ello ser difundida y comunicada a las personas afectadas para su obligado cumplimiento. Tal difusión podrá hacerse mediante entrega de textos conteniendo las normas y reuniones informativas, o fijación de carteles o avisos, u otros sistemas. Sea cual fuere el sistema empleado, hay que tener garantías de que la norma una vez aprobada es perfectamente conocida por quienes deben aplicarla.
La citada fase se complementará con otras dos:
  • Vigilar el cumplimiento de las normas, debiéndose en caso contrario analizar las causas de incumplimiento para tomar las medidas correctoras oportunas.
  • Vigilar la posible variación en los métodos de trabajo, llevándose a cabo la actualización de las normas.










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